Notas de Opinión

Reforma del mercado de capitales: el apuntalamiento de un camino que debe profundizarse

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El mercado de capitales argentino ha sido, a lo largo de la historia, además de una fuente de financiación para las empresas que de él participan, una herramienta de especulación financiera para aquellos que ostentan grandes capitales. El Proyecto de ley para la reforma del mercado de capitales argentino permitirá multiplicar y diversificar la cantidad de oferentes y demandantes y favorecer el acceso a nuevos actores, como es el caso de las Universidades Nacionales. 

 

Si nos remitimos al espíritu constitutivo de la Bolsa de Comercio (de Buenos Aires, por ejemplo), nos encontramos con el objetivo de captar flujos de capitales. Estos provienen tanto de empresas e instituciones, como de pequeños ahorristas que buscan invertir para buscar determinado nivel de rentabilidad. La contraparte se compone, tanto empresas de diversos rubros, como también del Estado nacional, los provinciales y municipales, que buscan captar aquellos fondos para poder financiarse a largo plazo a tasas relativamente bajas.  

En la medida en que aquel mecanismo se desarrolle de esa forma, sin dudas la economía argentina se verá beneficiada en cuanto a la búsqueda lógica del crecimiento a lo largo del tiempo. Sin embargo, si nos remitimos a la praxis, nos encontramos con que la posibilidad de acceder a este mercado no se da para todos los agentes económicos por igual. Al igual que en otros casos, quienes logran hacerlo son aquellos que tienen mayor facilidad y mejores condiciones para la inversión y captación de financiación a tasas convenientes. Con esto me refiero principalmente a los inversores con mayor capital disponible y a los grandes grupos económicos, respectivamente. Esto tiene que ver con las restricciones y condiciones existentes para, por un lado, poder hacer oferta pública de acciones y títulos de deuda; por otro, lograr acceder a la compra o suscripción de estos títulos valores y, por último, para participar en calidad de intermediario (agentes de bolsa) en este mercado de capitales. 

Por otra parte, este paradigma de funcionamiento permite que existan condiciones para que pocos actores del mercado (tanto oferentes, como intermediarios y demandantes de activos financieros) que poseen una posición dominante, operen lucrando en el corto plazo con la compra-venta de activos financieros que cotizan en la bolsa. Esto es posible a partir de que, al ser un mercado pequeño, dominan una capacidad de oferta y demanda muy fuertes que permite afectar la cotización de diversos títulos valores. De esta forma, planteándolo en términos sencillos, se compra barato, luego de generar un shock de oferta, y se vende a mayor precio, luego de haber ejercido una fuerte presión de demanda. Esta mecánica genera una rentabilidad puramente financiera que en ningún momento se traduce en un incremento de la productividad del sector de bienes reales. Es decir, se da lugar a burbujas financieras que no hacen más que concentrar aún más el dominio del mercado de capitales. 

Durante los últimos años, la economía argentina ha retomado el camino del crecimiento económico, no sólo por el lado del sector primario, sino también de la mano de la industria. Claro está que las grandes empresas a nivel nacional que, en muchos casos, también tienen salida de su producción al mercado externo, han encontrado condiciones que las favorecieron a partir de un claro acompañamiento en cuanto a las políticas económicas por parte del Estado, para lograr fortalecerse. No obstante, los sectores productivos que más apuntalamiento financiero necesitan para incrementar su producción y poder abastecer el consolidado mercado interno y, por qué no, incrementar el nivel de exportaciones, se han encontrado con ciertas dificultades. No es una novedad que el sector bancario privado ha dado prioridad, por cuestiones de rentabilidad, a créditos personales, para consumo, por sobre los que se otorgan para la producción.   

Este panorama fue advertido y, por ese motivo, la iniciativa del Estado Nacional que derivó en la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina fue recibida con un amplio apoyo. Quien esto escribe celebró la medida, orientada a crear las condiciones para favorecer al sector productivo -entre otros factores-. Esto posibilitó la orientación normativa hacia políticas concretas, como es el paquete de créditos para la producción de pequeñas y medianas empresas por fondos equivalentes al 5% de los depósitos bancarios existentes con una tasa máxima del 15%, con vigencia en la actualidad. 

A partir de ello, resulta sumamente positivo reafirmar la marcha sobre este camino con una iniciativa claramente complementaria a la mencionada en el párrafo anterior, como es el Proyecto de ley para la reforma del mercado de capitales argentino. El mismo plantea, a grandes rasgos, la eliminación de la autorregulación del mercado de capitales y la fiscalización estatal permanente. Esta medida permitirá abordar temas pendientes relacionados a lo mencionado en párrafos anteriores, como la posibilidad de desechar determinadas restricciones que den lugar al surgimiento y participación de nuevos agentes de bolsa. Esto tiene que ver con la eliminación de la obligatoriedad de ser accionista del mercado en el que se participa para poder actuar como intermediario, restricción que rige en la actualidad. Más importante aún resulta el planteo de flexibilizar el acceso para mayor cantidad de empresas a la posibilidad de hacer oferta pública de sus acciones y así lograr nuevos canales de financiación a tasas bajas. De igual forma, y siendo coherente con el punto anterior, se buscará ampliar la posibilidad de incrementar la participación de nuevos ahorristas en todo el país, hasta ahora excluidos, de manera que puedan incrementar la protección de sus ahorros y, en otros casos, mejorar la rentabilidad de sus inversiones, financiando al mismo tiempo el crecimiento de las empresas que operan en Argentina. Esto será posible a raíz de que, los mercados que existen en la Argentina, bajo la forma de sociedades anónimas, tengan la obligación de difundir con mayor énfasis sus actividades. Paralelamente, se buscará dotar de capacidad a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para que fomente la interconexión de todos los mercados de valores del país, tendiendo a su unificación. Por otra parte, dando continuidad a esa búsqueda de federalización del mercado, se generarán agencias regionales de la CNV. Al mismo tiempo, y a partir de esta modificación de la estructura, se otorgará a la CNV la facultad de crear instrumentos financieros que faciliten la captación, canalización y protección de los ahorros de quienes actualmente no tienen prácticamente posibilidades de acceder a este tipo de mercado. A su vez, esta modificación estructural del mercado permitirá multiplicar y diversificar la cantidad de oferentes y demandantes que participan. 

Por otra parte, la reforma de la Ley 17.811 plantea que la CNV tenga la capacidad de ampliar las fronteras de participación como calificadoras de riesgo a nuevos actores, como es el caso de las Universidades Nacionales. Este punto tiende a reducir la dependencia de las pocas calificadoras que actualmente tienen el dominio de este rol y, sin lugar a dudas, operan según su conveniencia y la de sus calificados (recibiendo importantes honorarios como contrapartida). Las pruebas están a la vista; muchas de las entidades financieras que quebraron en los últimos años, como también instrumentos de deuda emitidos por Estados como los de Grecia y España, que hoy atraviesan una de las más profundas crisis de deuda de su historia, tenían muy buenas calificaciones que lejos estaban de acercarse a la real situación financiera que estaban abordando. Aún hoy, en caso de guiarse por lo que las mismas plantean, el Estado argentino, si se endeudara con el exterior, debería afrontar una tasa de interés considerablemente mayor a la que accede su par español, a pesar de que la economía argentina tiene una relación deuda-PIB que se encuentra entre las más bajas del mundo.

Guillermo Güerci
Secretario de Relaciones Internacionales de CECREDA

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