En la fecha en que se homenajean a los periodistas y comunicadores sociales, pilares elementales de la democracia, estalló un debate a raíz del art. 85 perteneciente al proyecto de ley de blanqueo de capitales y pago a jubilados.
En el mismo, se amenaza a todo aquel que publique e informe respecto de un blanqueo de capitales, las consecuencias de este acto de libertad de expresión incluyen una multa equivalente al monto que ha sido blanqueado y una pena de un mes a dos años de prisión.
Ahora bien, deberíamos preguntarnos qué coherencia legal puede tener este proyecto de ley con el artículo 14 de nuestra Constitución Nacional, que determina que “todos los habitantes de la Nación gozan del derecho de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa”. Como resguardo a la libertad de expresión y de prensa, se suman el Art. 32 (que imposibilita al Congreso a dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta) y el Art. 75 inc. 22 que adhiere a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ubicándola con un rango superior a la ley. Esta convención, conocida como Pacto de San José de Costa Rica, afirma que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, de buscar, recibir y difundir informaciones y opiniones. A su vez, prohíbe la restricción por medios indirectos, siendo éste el caso del proyecto de ley analizado, ya que formula una censura indirecta obligando a los periodistas a enfrentar multas impagables y la posible prisión.
Quedará en las comisiones de Previsión Social y Presupuesto presentar las modificaciones pertinentes y en la Honorable Cámara de Diputados hacerse eco de las mismas.
Hoy por hoy, debemos defender la profesión del periodista, quien asegura la democracia a través de la difusión de sus investigaciones e informaciones. Y a su vez, debemos bogar por la inclusión de voces y opiniones que hoy en día no tienen la posibilidad de hacerse escuchar.
Gabriela Jan
Analista de CECREDA