Análisis y Desarrollo Político

La fuerza de las armas y el narcotráfico

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El problema de que las Fuerzas Armadas combatan las drogas es obsoleto y, al mismo tiempo, vigente. En primer lugar, es una concepción del siglo pasado, con prácticas que temotan a los años más difíciles del país: la última dictadura cívico-militar, cuando el ejército pretendía ocuparse de la política y cometía los más aberrantes hechos de violación de los derechos humanos. 

 

Por una parte, el Derecho Penal no es la herramienta, que por sí misma pueda mejorar la realidad, sino todo lo contrario .  “La función del Derecho Penal no es legitimar el poder punitivo, sino contenerlo y reducirlo, elemento indispensable para que el estado subsista y no sea reemplazado brutalmente por un estado totalitario”. Cuando  la fuerza se intenta combatir con fuerza, genera más fuerza, simplemente porque la violencia es la idea fundamental de un plan violento que tiene como resultado vencedores violentos y vencidos violentos. No es una ecuación matemática, en la que menos por menos da más. 

A mi entender, el objetivo debería ser mejorar la política social para disminuir el narcotráfico y el uso y abuso de drogas no desde la fuerza de las armas y la violencia, sino desde la promoción de políticas públicas y sociales acorde al contexto de un mundo que tenga como principios fundamentales la paz, el diálogo y la efectivización de los DDHH.

La utilización de la fuerza en sentido amplio, terrestre, aéreo y marítima, implica destinar los recursos de la Nación para el desarrollo y financiamiento de la fuerza en tecnología, recursos humanos y armas. Los países productores de armas en el mundo deben y pueden tener interés en maximizar sus negocios ,para los cuales la Nación Argentina puede ser un potencial cliente  como tantos otros que no son productores de las mismas y en este caso, poder influir en nuestras estrategias y políticas soberanas.

Ley de derribo y pena de muerte

Hoy día, algunos referentes políticos,  manifiestan su consentimiento para la creación de una ley destinada a derribar aviones que crucen la frontera sin autorización o bien que sean sospechosos de un delito relacionado al narcotráfico. Estas propuestas, generan fuertes críticas por parte de otras fuerzas políticas: 

“Según mi criterio, y en el cual también se enrola el actual candidato a gobernador es el siguiente,  la creación de una ley de derribo resultaría sumamente inconstitucional, en primer lugar  porque va en contra de la constitución en su artículo 18  también llamado principio de legalidad, el cual garantiza que cualquier persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, sea por el delito que sea, de narcotráfico o no. Al mismo tiempo, conocido en el derecho penal en su faz practica como el Indubio pro reo, el juez debe decidir su culpabilidad y si así no lo hace en su sentencia deberá dictar un fallo absolutorio y en segundo lugar porque los aviones no se manejan solos, es decir, hay pilotos y por lo tanto son personas con derechos conformes a  la constitución de la nación la cual establece la prohibición de la pena de muerte, conf. Art. 18 CN; Art. 4 Convención Americana sobre Derechos Humanos.” 

En efecto, según el actual derecho positivo vigente, aplicar la pena de muerte resulta contrario al sistema jurídico de la Nación y de su dinámica relación con el derecho internacional.

No es un tema de menor importancia, la Constitución Nacional marca los principios básicos fundamentales para el desarrollo del Estado y su integración con los países vecinos y la región; por lo tanto, ir en contra de la misma, es ir en contra del desarrollo del Estado en sus aspectos fundamentales, con relación a su política tanto el marco nacional como internacional, con relación a las potencias extranjeras y a los tratados a los cuales adhieren las mismas y no seguir un camino conforme a evolución y desarrollo sino por el contrario a la involución y estancamiento. En este sentido, durante los últimos años el país llevó adelante una política sobre derechos humanos que lo consagró como el más avanzado en la región y en todo el mundo.[1]

He aquí un párrafo aparte para la siguiente distinción,

 “En este sentido consideramos reveladora la propuesta analítica de abordar el proceso político de transformación de los Estados Liberales en Estados de Bienestar desde una perspectiva histórica neoinstitucionalista que, sin abandonar la referencia estructural, coloque a la política social como sujeto del desarrollo del Estado de bienestar”.

Si bien resulta cada vez más preocupante el problema del narcotráfico,  es el momento de mantener la mente fría, aprender de viejos errores políticos y considerar seriamente el rol de nuestras Fuerzas Armadas, capacitarlos y equiparlos para el rol que la Constitución le confiere y evitar experiencias ya fallidas en un tiempo no tan lejano.

Andrés Gómez
Analista de CECREDA

Referencias:

  • Manual de derecho penal, Eugenio Raúl Zaffaroni, Alejandro Algia y Alejandro Slokar, Ed. EDIAR. Año 2006. Cap. I Poder punitivo y derecho penal, el poder punitivo y el resto de la coerción jurídica, pag.5
  • http://infojusnoticias.gov.ar/nacionales/para-la-onu-argentina-es-ejemplo-mundial-de-lucha-en-derechos-humanos-5631.html
  • http://www.saap.org.ar/esp/docs-congresos/congresos-saap/VII/programa/paneles/b/b4/falappa.pdf

 

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