A partir del 1ero de Julio, rige en España la llamada Ley Mordaza, un paquete de leyes modificatorias del Código Penal. Entre los cambios realizados, se agrega la figura de “prisión permanente revisable” para los casos de asesinatos múltiples, que consta de una condena mínima de 25 años de reclusión; además, instituye sanciones para diversos actos efectuados en el espacio público y pretende regular las acciones realizadas en Internet.
Este conjunto de leyes surge en un momento crítico, el gobierno de Rajoy no ha podido contrarrestar la debacle en la que se ve sumergida la economía española; las diversas medidas neoliberales impulsadas no han logrado disminuir la base de 22,5% de desempleados[1] y, lo único que hacen, es profundizar aún más la crisis. A su vez, la Corona Española se encuentra envuelta en múltiples escándalos de corrupción, viendo mermada su institucionalidad y legitimidad.
En medio de este caos, la solución que creen encontrar los poderes políticos es aumentar la censura previa, prohibiendo publicar fotos o videos de policías en redes sociales (los periodistas pueden hacerlo, pero únicamente con fines informativos) y convocar o hacer referencia de manifestaciones en las redes sociales.
A su vez, proponen un mayor control del espacio público, sancionando -con diversas multas- a aquellos que: ocupasen un inmueble que no les pertenece, frenasen un desalojo, abadonaren un mueble en la vía pública, fumasen marihuana y/o tomasen alcohol en un ambiente público. También, pretenden regular las manifestaciones, prohibiendo realizarlas frente a los organismos públicos (Senado, Congreso, parlamentos y monumentos).
Entonces, analizando la situación; desde el gobierno español se plantea ponerle coto y fin a las expresiones en la vía pública, manifestaciones que podrían ir en aumento, debido a la conflictividad económica y social. Con esta nueva legislación, se pretende eliminar los posibles focos de desestabilización popular. En fin, su objetivo es censurar, de manera previa, todo aquello que podría desatar un cambio estructural.
De por sí, el Convenio Europeo de Derechos Humanos es laxo con respecto a la censura, ya que, en su artículo 10 dictamina: “El presente artículo no impide que los Estados sometan a las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa.” Permitiendo la injerencia del Estado en la publicación de opiniones e informaciones, en fin, avalando la censura previa.
En cambio, en Argentina la situación es totalmente diferente. A partir de la modificación de la Constitución Nacional, en 1994, a través del artículo 75 inciso 22 se agregan los Tratados y Convenciones Internacionales, otorgándoles la misma jerarquía jurídica que la Carta Magna. Así es como, el país respeta el Pacto de San José de Costa Rica, que en su artículo 13 determina: “2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás o b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.[2]”
Así es como, Argentina se encuentra en la vanguardia de los derechos humanos, ya que respeta al cien por ciento la libertad de expresión, de búsqueda y de formulación de opiniones e informaciones. Además, el Congreso no ha emitido ninguna legislación que impida el libre desarrollo del derecho, tanto a nivel individual como universal.
Se debe considerar que el derecho a libre expresión no sólo se agota en la derecho de publicar sin censuras previas. Existen otros ámbitos donde el individuo puede expresarse, tal es el caso de las manifestaciones en el espacio público o a través del uso de Internet. España, a través de este conjunto de leyes, logra limitar estos espacios. Regula los contenidos cargados y difundidos a través de Internet, de esta forma, consigue el objetivo de controlar Internet (meta que no fue alcanzada ni siquiera en Estados Unidos, a través de los proyectos de ley PIPA o SOPA).
Al mismo tiempo, prohíbe las manifestaciones frente a edificios públicos, castigando con multas de entre 601 y 30.000 euros. Esta legislación, además de violar enteramente el derecho a la protesta pública, pretende modificar la carga simbólica de los edificios donde desarrollan sus actividades los funcionarios públicos. Estos espacios están fuertemente asociados con su finalidad (el Parlamento al votar los proyectos de ley determina la suerte del país, por ejemplo). Además, aquellos que desempeñan sus labores en ellos, han sido votados por los habitantes, por lo que les deben dar respuesta frente a sus peticiones.
En fin, el paquete de leyes conocido como Ley Mordaza, ha sido votado con la finalidad de censurar las expresiones de un pueblo azotado por las medidas neoliberales aplicadas en los últimos años. Nuevamente, Argentina demuestra estar a la vanguardia de los Derechos Humanos, respetando todas las formas diversas en que se expresan los pueblos y los individuos.
Gabriela Jan
Analista de CECREDA
[1] http://www.datosmacro.com/paro/espana
[2] http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.htm