En el decreto 677/2015, publicado el 29 de abril en el Boletín Oficial, se establece un plazo de 30 días para que la actual Secretaría de Comunicaciones transfiera su personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios al nuevo organismo y el Poder Ejecutivo designe a los siete integrantes del directorio.
La nueva Autoridad Federal de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fue creada a partir de la Ley Argentina Digital y continuará las funciones de la Secretaría de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Comunicaciones, incorporando además el plan nacional Argentina Conectada y las empresas Argentina Satelital (Arsat) y Correo Argentino. Su tarea será la de promover, gestionar y controlar las comunicaciones en nuestro país.
El directorio estará formado por siete miembros, de los cuales dos serán seleccionados por el Poder Ejecutivo Nacional; tres por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, correspondientes al Poder Legislativo; un representante de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y uno elegido por el Consejo Federal de las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, conformado por todos los actores de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Después de las postulaciones, el Poder Ejecutivo será el encargado de realizar las designaciones.
El plazo para quienes forman parte del sector de las telecomunicaciones y deseen pertenecer al Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización venció el 13 de mayo. El registro de entidades interesadas en participar como integrantes del consejo fue creado a través de la Resolución 17/2015 publicada el 8 de mayo en el Boletín Oficial. Estaban en condiciones de postularse las organizaciones que agrupen a prestadores de telefonía fija y móvil, de conectividad e Internet y asociaciones sin fines de lucro del área de las telecomunicaciones, además de entidades sindicales de trabajadores y empresas y asociaciones de consumidores en el ámbito de las TIC. En todos los casos, los organismos debían acreditar un mínimo de dos años de desempeño en sus actividades.
Por su parte, el Consejo Interuniversitario Nacional, los Gobernadores de las provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenían tiempo para proponer sus representantes al Consejo Federal hasta el viernes 15 de mayo.
La AFTIC se incluye en el marco de la ley N° 27.078, conocida como Argentina Digital. La norma, que reemplaza un decreto ley de 1972 firmado durante la dictadura del general Alejandro Lanusse, fue presentada el 29 de octubre de 2014. Tuvo más de un mes de tratamiento en la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado y el 10 de diciembre, después de 7 horas de sesión, el Senado dio media sanción a la ley. La nueva ley de telecomunicaciones fue aprobada en la Cámara de Diputados el 17 de diciembre de 2014 y puesta en vigencia por el Poder Ejecutivo Nacional dos días después. La normativa fue promulgada a través del decreto 2514/2014 publicado en el Boletín Oficial.
El objetivo de la ley es el de regular las telecomunicaciones fijas y móviles, las redes de conexión a Internet y la televisión por satélite y por cable, impulsar la convergencia de servicios y el avance tecnológico y favorecer un acceso de mayor calidad para los usuarios.
Para el Secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, “primero tenemos que pensar en cada uno de los argentinos, en su casa, en el pueblo; después tenemos que pensar en las pequeñas empresas y cooperativas para luego garantizar que se desmonopolice, porque eso es lo que va a beneficiar al usuario; ese es el espíritu de esta ley”. El funcionario afirmó que “esta nueva ley fue pensada desde la casa de cada uno de los usuarios y garantizará un acceso de calidad e igualitario sin distinción del lugar donde haya elegido vivir. Además, permitirá que el usuario tenga la posibilidad de elegir entre diferentes opciones cuál es la que mejor se adapta a sus necesidades”.
La ley declara de interés público el desarrollo de las tecnologías de la información, las telecomunicaciones y sus recursos asociados, establece y garantiza la completa neutralidad de las redes y promueve el establecimiento de cooperativas, PYMES y cableoperadores.
Su objetivo es garantizar el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones a todos los habitantes del país en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad. La norma es de orden público y excluye cualquier tipo de regulación de los contenidos, cualquiera fuere su medio de transmisión.
Argentina Digital busca estimular la competencia entre empresas de servicios e impulsar el despliegue de redes. Se mantiene la telefonía fija como servicio público para que sus tarifas estén reguladas, se amplía la definición de neutralidad de la red y se reglamentan los derechos y las obligaciones que tienen los usuarios y las prestadoras, para garantizar que los servicios se brinden en condiciones de igualdad, continuidad, regularidad y calidad.
Por otra parte, la norma contempla que los prestadores que tengan la licencia única de Servicios de Telecomunicaciones pasen a tener una nueva licencia sin necesidad de realizar trámites extras, a la vez que prohíbe que los licenciatarios de servicios de TIC ofrezcan televisión directa al hogar vía satélite, con el objetivo de fomentar el desarrollo de redes locales y resguardar a las pequeñas y medianas empresas, cooperativas y operadoras de cable, previendo zonas de promoción y plazos de espera para el ingreso de los licenciatarios “grandes” a los servicios de comunicación audiovisual.
La nueva ley crea una Autoridad de Aplicación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), que estará encargada de regular y controlar todos los aspectos relacionados con las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
La creación de este nuevo organismo demuestra el interés y la presencia activa del Estado nacional en el ámbito y en el mercado de las nuevas tecnologías de información y las telecomunicaciones. La ley Argentina Digital implica un avance que permite al Estado contar con mayores herramientas de regulación y control del funcionamiento de las empresas de telecomunicaciones. Reemplaza una normativa de 1972 impuesta por la dictadura militar que, ante los avances tecnológicos de las últimas décadas, quedó desactualizada.
En la ley, se garantiza el derecho humano a las comunicaciones y a las telecomunicaciones y se reconoce a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) como un factor preponderante en la independencia tecnológica y productiva de nuestro país, a la vez que promueve el rol del Estado como planificador, incentivando la función social de esas tecnologías, con el objetivo de favorecer el desarrollo sustentable del sector. Además, se promueve el desarrollo de las economías regionales y el fortalecimiento de actores locales como cooperativas, entidades sin fines de lucro y PYMES.
Mauro Gonzalez
Presidente.